¿CÓMO SE PLANTEA LA ITE DE UN CONJUNTO DE EDIFICIOS IGUALES?

Hay edificios que son consecuencia de un proyecto unitario

Me consulta un arquitecto al que le van pedido presupuesto para la realización de la ITE de un conjunto de edificios iguales:

Me informa de que se trata de un conjunto de varios edificios iguales que al parecer no sólo se proyectaron de modo unitario sino que se construyeron simultáneamente.

La disyuntiva de realizar una ITE por edificio o una ITE global

Su duda se centra en saber cuántas ITEs hay que realizar.

¿Tengo que hacer una ITE global o una ITE para cada edificio?

¿Qué pasa si para unos edificios mi dictamen es favorable y para otros es desfavorable?

Todo depende de si hay una comunidad por cada edificio o la comunidad es única para todos los edificios

En general, las guías de cumplimentación de las Actas de Inspección Técnica de los diferentes municipios, permiten en estos casos, tanto la redacción de una ITE unitaria como de tantas ITEs como edificios o portales existan.

Lo importante es conocer si existe una sola comunidad de propietarios para todo el conjunto con un único presupuesto o si cada edificio o portal tiene su propia comunidad y su propio presupuesto distinto del de las demás, aunque luego entre todas, formen una mancomunidad para la gestión de los espacios libres de uso recreativo del conjunto.

El hecho de existir distintas comunidades de propietarios supone diferente actitud ante el mantenimiento con lo que en función de la organización interna de cada comunidad, su capacidad económica y las actuaciones llevadas a cabo, el estado de conservación será distinto en el edificio de cada comunidad.

Es por ello, que cuando existen varias comunidades, parece más lógico hacer una ITE por cada edificio, que refleje fielmente el estado del mismo, aunque pueda haber deficiencias que sean comunes a los otros edificios.

De esta manera, las posibles órdenes de ejecución a realizar por el Ayuntamiento al recibir las Actas de Inspección Técnica desfavorables, se dirigirán directamente a las comunidades de propietarios que hayan sido menos exigentes con el deber de conservación de su edificio.

En caso contrario, las órdenes de ejecución irán dirigidas al conjunto de las comunidades de propietarios que al no disponer de personalidad jurídica ni de presupuesto global, hará más complicado su cumplimiento.

Todo lo dicho es extrapolable a los conjuntos de viviendas unifamiliares adosadas o pareadas, sustituyendo la figura de la comunidad de propietarios por cada propietario individual.


Este blog se construye LADRILLO A LADRILLO y pretende ser útil a los que tienen problemas relacionados con los edificios.

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