LAS PERITACIONES JUDICIALES SOBRE EDIFICIOS (podcast)
Como todo el mundo sabe, los jueces son personas con amplia formación pero obviamente no pueden dominar todas las ciencias del conocimiento humano.
Y también es evidente que puesto que los edificios son el ámbito en que los ciudadanos desarrollan su vida ya que pasamos el 85% de nuestra vida dentro de edificios.
Por ello, estando los edificios tan presentes en la vida de los ciudadanos, es normal que se produzcan muchos pleitos relacionados con los edificios y los jueces para impartir la justicia, necesitan la ayuda de los técnicos especialistas sobre edificios como arquitectos y arquitectos técnicos.
Este es el tema sobre el que hablo esta semana en la sección “El técnico de cabecera” del programa de radio “Construcción para todos” que dirige Aurelio López Morales.
Para aclarar a los ciudadanos todo lo relativo a las peritaciones judiciales sobre edificios empezamos definiéndolas como los documentos en los que un arquitecto o un arquitecto técnico, emiten las conclusiones que se les requieran sobre cualquiera de las materias de su competencia profesional, deduciéndolas del análisis de una serie de datos que previamente habrán obtenido del reconocimiento detallado de un edificio y/o del examen de documentos técnicos.
Y a continuación explicamos las diferencias entre las peritaciones de parte y las peritaciones de perito tercero con todos los detalles en cada uno de estos casos, relativos a quién las encarga, cómo son designados los peritos y cómo se le pagan sus honorarios.
Y por último, una recomendación para las peritaciones de parte: elija siempre el que su abogado le recomiende. No olvide que el perito sólo proporciona una herramienta, pero es el abogado el que en la fecha del juicio, la tiene que usar para demostrar al juez con las conclusiones que el perito ha obtenido, que usted tiene la razón.
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