LA ITE Y LA RESPONSABILIDAD DE LOS TÉCNICOS INSPECTORES

La necesidad de demostrar el estado real de un edificio al que tiempo atrás se le hizo la ITE

Me consulta un joven arquitecto, participante en una Jornada Técnica sobre la ITE, en la que intervengo como ponente.

Sus dudas se refieren al hecho de que un arquitecto firma una inspección favorable y el expediente queda depositado en el ayuntamiento correspondiente hasta la siguiente ITE.

Pero puede ocurrir que al cabo de tres o cuatro meses desde la fecha de la inspección suceda algo imprevisible que afecte gravemente a los residentes en el edificio.

Retrotraerse en el tiempo no es posible

Su pregunta concreta se refiere a la imposibilidad de dar marcha atrás en el tiempo para demostrar cuál era el estado real de un edificio en la fecha de su inspección

¿Cómo puede un arquitecto demostrar que él es un buen profesional y que cuando inspeccionó el edificio, éste estaba en correctas condiciones y que por ello lo dictaminó como favorable en el acta de inspección?

El modo de acreditar el estado real de un edificio en la fecha en la que fue inspeccionado

Es un caso que desgraciadamente puede ocurrir y en efecto, nadie se puede retrotraer en el tiempo para comprobar que el arquitecto hizo bien su trabajo de inspección y que lo que vio el día de la inspección era lo que indicó en el acta de inspección.

Para salvar la responsabilidad de los arquitectos inspectores siempre se ha recomendado realizar un reportaje fotográfico durante la inspección recogiendo tanto los elementos constructivos que están mal como los que están bien. Este reportaje servirá para acreditar que el arquitecto recorrió suficientemente el edificio de arriba a abajo y para demostrar cuál era el estado real de los elementos constructivos en la fecha concreta en que fueron inspeccionados.

El reportaje fotográfico se aportará como documentación complementaria unida a cada uno de los ejemplares del acta de inspección. En el caso de ayuntamientos que no admitan documentación complementaria, habrá que depositar una copia del acta de inspección con el reportaje fotográfico en el archivo del Colegio de Arquitectos correspondiente.

De este modo, el arquitecto podrá probar que lo que dictaminó se correspondía con el verdadero estado en que se encontraba el edificio cuando fue inspeccionado.


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